Estado deberá desembolsar más de USD 500.000 a la familia Leguizamón

Publicado hace 3 años
El fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció indemnizaciones en diversos conceptos por un monto que ronda los USD 525.000, más de G 3.600 millones al cambio actual v

El Estado paraguayo deberá absorber este monto por su responsabilidad en las múltiples violaciones de derechos y garantías relacionadas al asesinato del periodista Santiago Leguizamón.

De acuerdo a las indemnizaciones compensatorias, la Corte IDH ordenó el pago en primer término de USD 105.000 en concepto de ingresos dejados de percibir por el periodista asesinado, 50% le corresponde a Ana María Margarita Morra y el 50% restante dividido en partes iguales entre su hija e hijos Raquel, Dante, Sebastián y Fernando Leguizamón.

Así también se estableció otra indemnización por un total de USD 110.000, en concepto de erogaciones en la búsqueda de justicia, cabe mencionar que la señora Ana María, fue quien impulsó la denuncia contra el Estado ante dicha instancia internacional.

En lo que respecta al daño inmaterial, la indemnización totaliza USD 290.000, por sufrimientos y vejaciones contra la familia Leguizamón durante el proceso. En cuanto a la reparación en concepto de costos y gastos asciende aproximadamente a USD 16.000.

El Estado deberá efectuar el pago de las indemnizaciones ordenadas por concepto de daño material e inmaterial y el reintegro de costas y gastos establecidos en la presente Sentencia, directamente a las personas y a la organización indicadas en esta, dentro del plazo de un año, contado a partir de la notificación del presente fallo..

El Estado deberá cumplir con las obligaciones monetarias mediante el pago en dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional, utilizando para el cálculo respectivo el tipo de cambio de mercado publicado o calculado por una autoridad bancaria o financiera pertinente, en la fecha más cercana al día del pago.

En caso de que el Estado incurriera en mora, deberá pagar un interés sobre la cantidad adeudada correspondiente al interés bancario moratorio en la República del Paraguay.

El Observador