Corte IDH condena al Estado y ordena indemnización para familia de Santiago Leguizamón

Publicado hace 3 años
La Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia contra el Estado por su responsabilidad en la violación de los derechos a la integridad personal, a las garantías judiciales, a la protección judicial y a la integridad psíquica y moral de la familia, en el caso de Santiago Leguizamón.

El fallo fue leído por el Dr. Ricardo Pérez Manrique, presidente de la CIDH, que consta de 17 puntos en los cuales se destaca la responsabilidad del Estado en violaciones a derechos y garantías consagradas y el reconocimiento por parte del mismo.

El artículo primero precisamente refiere que la Corte Interamericana de Derechos Humanos acepta el reconocimiento del Paraguay sobre los hechos anteriormente mencionados.

En ese sentido, la sentencia unánime confirma la responsabilidad del Paraguay en la violación del derecho a la vida y a la libertad de pensamiento y expresión en perjuicio de Santiago Leguizamón Zaván.

También declara la responsabilidad del Estado en la violación al derecho a la garantía y a la protección judicial. Como también la transgresión al principio de integridad personal en perjuicio de la familia del periodista asesinado el 26 de abril de 1991 en Pedro Juan Caballero.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordena de igual manera el pago de indemnización por daños materiales, inmateriales y por reintegro de costas y gastos del presente proceso.

Por otra parte, establece que el Estado deberá organizar un acto público para el reconocimiento internacional de su responsabilidad.

Así también resuelve la reinstalación del Premio Nacional de Periodismo Santiago Leguizamón otorgado de manera anual por un periodo de entre cuatro a cinco años.

El Estado deberá impulsar acciones destinadas a la protección de los periodistas, en ese ámbito asignará presupuesto para la Mesa de Seguridad para Periodistas y la creación de un fondo destinado a la protección de los trabajadores de prensa.

La CIDH supervisará el cumplimiento de las obligaciones y dará por concluido el proceso una vez que se compruebe el cumplimiento cabal de las mismas.

El Observador