El Tribunal de Sentencia que tuvo a su cargo Juicio Oral y Público, estuvo integrado por, Mirna Soto González (presidente), Mirna Carolina Ocampos (miembro) y Ana Guirre (miembro), condenó al hacer hallados culpables de los hechos punibles mencionados, a Carmelo Ramón Benítez y Andrés Peña, a 10 y 5 años de pena carcelaria respectivamente.
Los hechos punibles por los cuales fueron condenados ambos sujetos, se registraron en el año 2019 en el distrito de Cerro Corá, cuando ambos condenados, haciéndose pasar por miembros del grupo terrorista Ejército del Pueblo Paraguayo, vulgar EPP, habían perpetrado secuestros exprés con fines extorsivos, logrando el objetivo con una de las víctimas que fue liberada luego de abonar la suma de 150.000 dólares, lo cual no denunció por temor a represalias.
Por otra parte, la segunda víctima que fue secuestrada y también extorsionada en la localidad de Chiriguelo, al contrario de la primera si presentó denuncia y tras haberse iniciado una minuciosa investigación, se logró detener a los dos sujetos ahora condenados.
La parte acusadora a cargo de la agente fiscal, Reinalda Palacios se mostró conforme a las condenas impuestas por el Tribunal. Ejerció la defensa el abogado Jaime García.